Dra. Carmen Medel Palma
Alcaldesa de Minatitlán
Mensaje
Con honestidad y trabajo transformemos a Minatitlán en un municipio de paz, armonía y desarrollo.
¿Qué es el derecho de acceso a la información?
El derecho humano de acceso a la información comprende solicitar, investigar, difundir, buscar y recibir información.
Toda la información generada, obtenida, adquirida, transformada o en posesión de los sujetos obligados es pública y accesible a cualquier persona, en los términos y condiciones que se establezcan en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, la Ley General, la presente Ley y la normatividad aplicable, y sólo podrá ser clasificada excepcionalmente como reservada temporalmente por razones de interés público, en los términos de la Ley 875 de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.
¿Qué es la información pública?
Es el bien público contenido en documentos escritos o impresos, en fotografías, grabaciones, soporte magnético o digital o en cualquier otro medio que esté en posesión de los sujetos obligados y que no haya sido previamente clasificada como de acceso restringido.
¿Tengo que decir para qué quiero la información?
No será necesario acreditar interés legítimo para solicitar y acceder a la información pública.
¿En qué tiempo me entregan la información?
Las Unidades de Transparencia responderán a las solicitudes dentro de los diez días hábiles siguientes al de su recepción.
¿Se puede acceder a toda la información?
La información es pública en posesión de los sujetos obligados, con excepción de la que tenga el carácter de confidencial o reservada.
Ligas de Interés