Alcaldesa de Minatitlán
Con honestidad y trabajo transformemos a Minatitlán en un municipio de paz, armonía y desarrollo.
Artículo 56.- La generación y publicación de la información financiera de los entes públicos a que se refiere este Título, se hará conforme a las normas, estructura, formatos y contenido de la información, que para tal efecto establezca el consejo y difundirse en la página de Internet del respectivo ente público.
Dicha información podrá complementar la que otros ordenamientos jurídicos aplicables ya disponen en este ámbito para presentarse en informes periódicos y en las cuentas públicas. Asimismo, la información se difundirá en los medios oficiales de difusión en términos de las disposiciones aplicables.
Artículo.76.- Los municipios, las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México y en su caso, las entidades federativas, previo convenio de colaboración administrativa, difundirán en internet la información relativa al Fondo de Aportaciones para el fortalecimiento
Cómo se pronuncia de los municipios y de las demarcaciones territoriales de la Ciudad de Mexico, especificando cada uno de los destinos señalados para dicho fondo en la Ley de Coordinación Fiscal.
Nombre | Responsable | Fecha de Validación | Fecha de Actualización |
IX. OBRAS PUBLICAS.
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Tesorería | 25/10/2022 | 30/09/2022 |